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MARCO LEGAL

La pérdida de audición en el subterráneo es un hecho que ha afectado a guardas y conductores de las diversas líneas de subterráneo en Buenos Aires. Las audiometrías del 2002 diagnosticaron la discapacidad de los empleados y trazaron la curvatura típica de pérdida auditiva generada por exposición al ruido durante largo tiempo.

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Según Federico Miyara, todo trabajo que importe exposición a una intensidad continua de presión sonora mayor a 85 decibeles (dB) puede causar una hipoacusia perceptiva. La disminución de la sensibilidad auditiva por ruido es considerada una de las enfermedades profesionales previstas en la Ley 24.557 de 1996. Como se plantea en el Anexo V correspondientes a los artículos nº 85 a nº 94 de la Reglamentación aprobada por Decreto Nº 351/79, la medida del ruido de impulso o de impacto deberá respetar el rango de 80 y 140 dB y el intervalo del pulso deberá ser como mínimo de 63 dB. Además, conforme el decreto, “no se permitirán exposiciones sin protección auditiva por encima de un nivel pico C ponderado de presión acústica de 140 dB”. Los estudios audiométricos realizados a los trabajadores del subterráneo durante 2002, revelaron picos de ruido que superan el límite permitido y provocan la curvatura típica de pérdida de auditiva. Las investigaciones realizadas en conjunto con  el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) y la Policía de Trabajo en el año 2000, denotaron un tope de 102 dB como sonido parcial, y 98 dB de sonido acumulado para la ocupación de guarda en la línea A; y en la línea C: 102,5 dB de sonido parcial. Tal como explican otorrinos de la ciudad de Buenos Aires, las audiometrías del 2002 reflejan el deterioro auditivo causado por la exposición constante a sonidos fuertes durante un período de tiempo extendido.

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Años atrás, los trabajadores y el sindicato del subterráneo mantuvieron una ardua lucha para lograr la  legislación de insalubridad. Finalmente, en 2003 se dispuso la resolución 1105 que declaró “insalubres los lugares de trabajo de los Talleres Rancagua, Miserere, Canning, Constitución y Carlos Pellegrini,  los Guardas y Choferes y Túneles de la empresa Metrovías S.A. con excepción de las boleterías, andenes y lugares de tránsito de los usuarios de las Líneas A, B, C, D y E”. Sin embargo, la disposición fue revocada tras una apelación de Metrovías. Por eso hoy, debido a que los jueces aún no han fallado sobre el status del trabajo en las líneas de subterráneo, los operarios ratifican que la empresa debe salvaguardar la salud e integridad de los trabajadores.

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Aunque, la resolución nº 301/2011 de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo advierte que transcurridos los seis meses de inicio de la relación laboral todo trabajador expuesto a altos decibeles de ruido deberá realizarse una audiometría vía aérea y vía ósea junto con estudios rutinarios cada doce meses, hemos evidenciado un enorme vacío legal respecto a los métodos de prevención de enfermedades laborales. El juzgado manifestó el deber de asegurar la salud e integridad de los empleados en la resolución nº 771/2013 exige, tanto a las Aseguradoras de Riesgos de Trabajo (ART) como los Empleadores Auto-asegurados (EA), a presentar una programación anual en materia de prevención que incluya la descripción del desarrollo de las tareas preventivas a lo largo del año corriente. Asimismo, la Ley Nacional de Higiene y Seguridad N° 19587 establece la obligatoriedad de brindar elementos de protección personal. En concordancia, el decreto 351/79 sancionó que si el nivel sonoro continuo equivalente en el ámbito de trabajo supera la dosis establecida en el Anexo V, ya mencionado, deberá reducirlo adoptando las correcciones que se enuncian a continuación y en el orden que se detallan: procedimientos de ingeniería, ya sea en la fuente, en las vías de transmisión o en el receptor; protección auditiva al trabajador; y de no ser suficientes las correcciones indicadas, serán reducidos los tiempos de exposición. El decreto enfatiza en el artículo nº 196, la obligatoriedad del uso de elementos individuales de protección auditiva, y advierte que “la protección de los oídos se combinará con la de la cabeza y la cara”.

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Aunque la empresa aparentemente cumple la legislación al entregar el equipo protector necesario a los empleados, los protectores auditivos no están acorde al nivel de ruido del subterráneo. Los médicos otorrinolaringólogos y la Enciclopedia de Salud y Seguridad en el Trabajo en los capítulos pertenecientes a la sección “Ruido, Protección Personal y Órganos Sensoriales”, explican que obstruir el canal auditivo no es suficiente para disminuir la exposición al sonido. Los protectores auditivos que Metrovías entrega son tapones que solo obstruyen el conducto auditivo más no protegen la mastoides, un bulto de hueso detrás de la oreja que conduce ruido por la vía ósea. El estímulo constante de la mastoides por ruidos elevados y constantes puede desarrollar una hipoacusia neurosensorial que afectará los nervios en el oído interno, es decir, pérdida de audición. Los protectores auditivos efectivos para la labor en el subterráneo son el auricular tipo orejera o silenciadores, ya que obstaculizan el ingreso de sonido al oído y evitan la exposición de la mastoides, por ende previenen la pérdida auditiva irreversible.

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Podemos observar que el nivel de decibeles en el subterráneo no disminuyó en el transcurso de los años. Un estudio realizado por el ingeniero Horacio Cristiani en el año 2013, pone en evidencia que las líneas aún alcanzan picos de niveles de ruido por encima de los 85 dB establecidos internacionalmente. En la línea C, se obtuvo 102,85 dB como valor máximo de nivel sonoro sujeto a ponderación, LAFmax por sus siglas en inglés; y en el caso de los valores promedio esta línea alcanzó 86,15 dB.

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En una encuesta psicosocial realizada a los trabajadores de todas las líneas del subterráneo en febrero de 2018 por el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas (CONICET) junto con la Universidad Metropolitana para la Educación y el Trabajo (UMET) y dirigida por Juan Eduardo Bonnin, el 62,5% de los trabajadores afirmaron oír ruidos, golpes y sonidos agudos dentro del subte frecuentemente. Además, se denotó que la mayor percepción de ruidos elevados está presente en los subterráneos más antiguos: la línea C y E.

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Por los resultados de la encuesta ya mencionada en conexo con los testimonios de los trabajadores, evidenciamos dolencias frecuentes: gastritis, sensación de cansancio extremo, dolores de cabeza. En respuesta esto, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) aclara que, además de la pérdida de audición, la exposición al ruido en el lugar de trabajo puede provocar otros problemas de salud como trastornos nerviosos, estomacales y cardíacos. “Se sospecha que el ruido es una causa de las enfermedades cardíacas, las úlceras de estómago”, señala la OIT en el módulo “Ruido en el lugar de trabajo”, y aclara que “los obreros expuestos al ruido pueden quejarse de nerviosismo, insomnio y fatiga, se sienten cansados todo el tiempo”. Mariuxi López, cardióloga graduada en Favaloro, argumenta que cuando el paciente está expuesto a ruidos elevados que generan estrés o tensión, hay una alta probabilidad de desarrollar enfermedades cardíacas.

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Los fuertes ruidos que se perciben en el subterráneo, son un hecho. La hipoacusia auditiva, mayor o menor, en los trabajadores también lo es. Sin embargo, poco se ha canalizado esta problemática con la ineficiente protección auditiva de los tapones marca Libus Quantum, entregados por Metrovías a los empleados. Estos tienen un costo de alrededor 6 pesos argentinos, mientras que los silenciadores correctos para la actividad laboral y acorde a las leyes de protección del trabajador se encuentran en el mercado por un precio 100 veces mayor que los tapones Libus.

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